Actas de nacimiento sin caducidad

Toluca, Méx.- Las copias certificadas de las actas de nacimiento expedidas por el Registro Civil en el Estado de México no tendrán fecha de vencimiento, lo que repercutirá positivamente en la economía de las familias mexiquenses; el Pleno aprobó la iniciativa de Anaís Miriam Burgos Hernández.

Para trámites y servicios ante cualquier institución pública o privada bastará con que las copias de las actas de nacimiento sean legibles y no presenten alteraciones que dañen el estado físico del documento.

Violeta Nova Gómez, en su carácter de presidenta de la Mesa Directiva, exhortó al gobierno estatal para que publique la reforma lo más pronto posible y que los mexiquenses se vean favorecidos con esta decisión.

De acuerdo con la iniciativa, el acta de nacimiento es imprescindible para las personas, porque da identidad y es un documento requerido para el ingreso al sistema de salud nacional, estatal y privado; inscripción a la educación en todos sus niveles; a programas gubernamentales; obtención de la cartilla militar, pasaporte, visas y credencial de elector; para contraer matrimonio, divorciarse y registrar la defunción de la persona, entre otros.

Para su emisión, las oficinas del Registro Civil utilizan formatos que pueden variar de una administración a otra e incluso dentro de la gestión, lo cual no les resta validez ni tampoco afecta su vigencia, sin embargo, instituciones educativas públicas y privadas, dependencias de gobierno exigen para la prestación de un servicio o un trámite que los solicitantes presenten copia certificada del acta de nacimiento con determinado tiempo de expedición, por ejemplo, con por lo menos tres meses de antigüedad a la fecha de su presentación, requisito no previsto en ninguna disposición legal, adoptado de manera arbitraria y discrecional.

Requerir actas de nacimiento actualizadas no tiene justificación administrativa o legal, porque dichos documentos no tienen fecha de vencimiento, aunado a que ninguno de los datos contenido en ellas se modifica, salvo sentencia definitiva que así lo resuelva.

Anaís Burgos.

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